“Lo que los jueces estadounidense no se han atrevido a hacer los revolucionarios soviéticos lo hicieron en 1936.” Por K.A. García-Salmones

El decreto revolucionario que la dictadura revolucionaria del proletariado soviético emitió el 27 de junio de 1936, implantó la que probablemente sea la ley más revolucionaria de la Historia, el Código Soviético de Familia de 1936 que cesó la genócida contrarrevolución malthusiana que se estaba intentando desarrollar contra el proletariado soviético a través del fomento del abortismo.

Los jueces estadounidenses, aunque han logrado evitar al estado federal de los EEUU ser cómplice de la archireaccionaria destrucción de la democracia intergeneracional, convertirse en estado inductor permanente del crimen clasista extremo malthusiano de solucionar la pobreza y los problemas sociales matando al bebé prenatal, y que sea el principal promotor y amparador del abortismo en el mundo, no han logrado igualar a la elevada y decisiva aportación revolucionaria de los comunistas soviéticos en 1936.

Ahora vamos a oír a las plañideras tecnomalthusianas llorando por haber perdido el amparo del referencial estado federal estadounidense. Tengan en cuenta los circunstantes no enfangados en la promoción y legitimación del abortismo que estas son las mismas plañideras que agrandaron el silencio cuando se supo que el explotador polígamo director de Playboy, Hugh Hefner, financiaba a la parte pro abortista en el caso de Roe contra Waden, en la que finalmente fue la lucha jurídico-política que sirvió a los neo-malthusianos para desplegar el abortismo en el Occidente y luego en el resto del mundo.

Estas mismas plañideras tecnomalthusianas que ahora se enfurecen por haber perdido la impunidad son las que aplicaron sus sordinas cuando se conoció que las abogadas pro abortistas neo-malthusianas Linda Coffee y Sarah Weddington, usaron a la desnortada Norma McCorvey, “Roe”, convirtiéndola en un peón humano para normalizar el abortismo en los EEUU. Y son las mismas que acallaron la difusión en la opinión pública de la autocrítica respecto al carácter homicida del aborto hecha por el Dr. Nathanson, después de haber cometido él mismo más de 10.000 abortos, además de haber supervisado otros 80.000 ejecutados bajo su responsabilidad.

Silenciaron todo esto junto al carácter revolucionario de la negación del aborto de 1936 hecha por el Partido Comunista de la Unión Soviética en su fase más revolucionaria de los años 1930-1940s.

Silenciaron igualmente la gravedad política anti proletaria del acto de hacer en Pekin en 1995 una conferencia antifeminista extrema (*Conferencia de Beijing de 1995) contra la autogestión femenina de la natalidad y la maternidad en todo el planeta, vistiéndola como “feminista” mientras fuera del palacio de conferencias los reformistas malthusianos chinos cazaban a lazo por millones a las mujeres embarazadas chinas para matar por la fuerza a sus hijos prenatales… sin que ninguna de las malthusianas asistentes a la conferencia que peroraban cínica e hipócritamente sobre que el aborto es salud reproductiva dijera ni la menor palabra de protesta y solidaridad con las mujeres masivamente violentadas a metros de su lugar de reunión auspiciada por los totalitarios de la ONU, en nombre falsariamente de “la mujer”: Estaban de acuerdo con ello, lo celebraban y animaban, pues precisamente las nazis neo-malthusianas de Pekin que se hacían pasar por feministas peroraban sobre cómo extender a todo el planeta estas y otras metodologías y tipologías criminales de forzar e inducir a las mujeres al aborto y la esterilización. Pero eso si, disimulándolo con antropologías imperialistas y oximorones como el de taxonomizar socialmente el abortismo como “salud reproductiva”.

Estas despiadadas no son feministas, son cuadros burgueses malthusianos, rabiosamente anticomunistas pero pintadas de rojo y de verde para engañar a las mujeres proletarias y neutralizar políticamente a sus aliadas.

Durante décadas esta masa despiadada de socialdemócratas o extrema derecha predominante durante medio siglo, camuflada con marketing “de izquierdas” y protegida por sus socios “de derechas”, ha contemplado satisfecha, con la mayor de las sordinas y sin hacer la menor movilización jamás contra ello, cómo, solo considerando el territorio del estado español, cientos de miles de mujeres han sido abocadas a matar a sus hijos, a abortar, por empresarios criminales, en el medio del silencio político anti social más criminal,  o en su defecto perder su empleo y medio de vida.

La gestión abortista del nuevo proletariado procreado es un genocidio tecnomalthusiano de escala planetaria

Las leyes pro abortismo que promueven las nazis tecnomalthusianas, son un modo de gestión de la explotación y de regulación burguesa de la procreación y reproducción del proletariado, por eso son cambiadas en cada coyuntura de la acumulación. Así, desde los años 1980s en el estado español el sistema abortista socialdemócrata y liberal burgués abría la legitimación del aborto en causales como “problemas sicológicos“, en lugar de decir la verdad sobre las causas del aborto que estaban promoviendo, fundamentalmente anti proletarias. Esto fue devastador porque ocultaba la realidad social, y les salió bien. Pero al cambiar la coyuntura ya esto no era lo suficientemente ágil ni legitimado para la nueva realidad de inicios de los 2000. Había pues que desregular totalmente el aborto cuando vino la ola de la creación de millones de nuevas parejas y familias proletarias americanas y este europeas durante la gran ola inmigratoria de la burbuja inmobiliaria de entre 1998-2010, con el objetivo estratégico de reducir con toda urgencia la maternidad proletaria en esa fracción del proletariado.

Ahora las nazis tecnomalthusianas en el poder preparan la modificación de la ley pro abortismo, justo cuando comienza a llegar una inmigración africana. Una adaptación de la ley pro abortismo adecuada al nuevo cambio demográfico del proletariado en estado español, que sirva para encarcelar a quienes  aboguen por la vida de los bebés embrionarios ante los abortaderos, por un lado, y, por otra vertiente, para legalizar el abortismo masivo de los embriones humanos producidos en la criminal industria de la procreación artificial, aquella industria cuyo residuo son vidas humanas, sin dejar de ocultar el carácter abortivo de los medios falsamente anti conceptivos. Así, mueren más seres humanos por aborto artificial de entre los concebidos antes de nacer que los bebes que nacen.

Señores reformistas, los comunistas en general y los comunistas espartaquistas en particular no somos Flautistas de Hamelin que nos dedicamos a conducir a las mujeres masivamente hacia el abismo de los abortaderos, o a producir artificialmente en masa seres humanos para luego matarlos por ser un residuo industrial, sino voluntarios proletarios libres asociados en anular y suprimir las relaciones sociales de producción que constituyen las condiciones capitalistas de extrema cosificación y fomento de la autocosificación con las que ustedes especialmente abocan a las mujeres al abortismo.

Pues bien, señores y señoras tecnomalthusianos, ya sean ustedes socialdemócratas, liberales o socialdarwinistas conservadores, esto que viene a continuación de esta presentación es lo que establecieron los revolucionarios soviéticos en 1936 con el revolucionario decreto del código de familia soviético que, una vez constatado por los marxistas que el Estado no puede ni debe sustituir a la familia esencial más que en organizar la primera fase de la comunización que la reemplace como base económica de la sociedad, y no como sociedad civil comunitaria, prohibía el aborto en la Unión Soviética:

Baskonia, 26 de junio de 2022

K.A.García-Salmones


Decreto sobre la prohibición de los abortos. 27 de junio de 1936

Fuente original: Izvestiia, 28 de junio de 1936, U.S.S.R. Laws 1936, texto 309.

Decreto sobre la prohibición de los abortos, la mejora de la ayuda material a las mujeres en el parto, el establecimiento de la ayuda estatal a los padres de familias numerosas y la ampliación de la red de residencias de ancianos, guarderías y jardines de infancia, el endurecimiento de las sanciones penales por el impago de la pensión alimenticia y sobre ciertas modificaciones en la legislación sobre el divorcio.

La revolución socialista de octubre, que sentó las bases de la abolición de toda explotación de clase y de las propias clases, sentó al mismo tiempo las bases de la emancipación completa y definitiva de la mujer.

En ningún país del mundo la mujer disfruta de una igualdad tan completa en todas las ramas de la vida política, social y familiar como en la URSS.

En ningún país del mundo la mujer, como madre y ciudadana que tiene el gran y responsable deber de dar a luz y educar a los ciudadanos, goza del mismo respeto y protección de la ley que en la URSS.

Sin embargo, la quiebra económica del país que tuvo lugar durante los primeros años después de la guerra civil y la intervención armada, y el inadecuado nivel cultural de las mujeres heredado de la época prerrevolucionaria, no les permitieron de inmediato hacer pleno uso de los derechos que les otorga la ley y cumplir, sin temor al futuro, sus deberes como ciudadanas y madres responsables del nacimiento y la educación temprana de sus hijos. En este sentido, el 18 de noviembre de 1920, el gobierno soviético permitió la práctica del aborto (interrupción artificial del embarazo) para las mujeres mientras, como escribieron el Comisariado del Pueblo para la Salud y el Comisariado del Pueblo para la Justicia, “la herencia moral del pasado y las difíciles condiciones económicas del presente sigan obligando a una parte de las mujeres a someterse a esta operación” (Leyes Recopiladas, 1920, núm. 90, art. 471).

Ya en 1913 Lenin escribió que los trabajadores con conciencia de clase son “enemigos incuestionables del neomaltusianismo, esa tendencia de la pareja filistea, de cerebro de paloma y egoísta, que murmura temerosamente: ‘Que Dios nos ayude a conservar nuestros cuerpos y nuestras almas: en cuanto a los hijos, es mejor estar sin ellos'”.

Pero, aunque se rebelaba contra los abortos como un mal social, Lenin consideraba que la mera prohibición legislativa de los mismos era claramente inadecuada para combatirlos. Además, señaló que en las condiciones del capitalismo estas leyes sólo reflejan la hipocresía de las clases dominantes, ya que “no curan las llagas del capitalismo, sino que las hacen particularmente malignas, particularmente dolorosas para las masas oprimidas” (Obras Completas, Vol. 16, pp. 498-9).

Sólo en las condiciones del socialismo, donde no existe la explotación del hombre por el hombre y donde la mujer es un miembro igual de la sociedad, mientras que la mejora continua del bienestar material de los trabajadores constituye una ley de desarrollo social, es posible organizar seriamente la lucha contra los abortos mediante leyes prohibitivas, así como por otros medios.

La abolición de la explotación capitalista en la URSS, el aumento del bienestar material y el gigantesco crecimiento del nivel político y cultural de los trabajadores permiten plantear la cuestión de una revisión de la decisión de los Comisariados del Pueblo de Sanidad y Justicia del 18 de noviembre de 1920.

La provisión material necesaria para las mujeres y sus hijos, la ayuda estatal a las familias numerosas, el máximo desarrollo de la red de maternidades, guarderías, jardines de infancia, el establecimiento legislativo de las sumas mínimas que el padre de un niño debe pagar para su mantenimiento cuando el marido y la mujer viven separados, por un lado, y la prohibición de los abortos, por otro, junto con el aumento de la pena por el impago intencionado de los medios para el mantenimiento de los hijos concedidos por un tribunal, y la introducción de ciertos cambios en la legislación sobre el divorcio con el fin de combatir una actitud ligera hacia la familia y las obligaciones familiares, estos son los caminos que deben seguirse para resolver este importante problema que afecta a toda la población. A este respecto, el Gobierno soviético responde a las numerosas declaraciones de las mujeres trabajadoras.

En relación con lo anterior, y teniendo en cuenta ciertas observaciones hechas por los ciudadanos durante la discusión del proyecto, el CEC, y el Consejo de Comisarios del Pueblo de la URSS DECIDEN

I. Sobre la prohibición de los abortos

1. En vista del daño comprobado de los abortos, prohibir la realización de abortos tanto en los hospitales e instituciones sanitarias especiales, como en los domicilios de los médicos y en los domicilios particulares de las mujeres embarazadas. La realización de abortos se permitirá exclusivamente en aquellos casos en los que la continuación del embarazo ponga en peligro la vida o amenace con causar un grave perjuicio a la salud de la mujer embarazada y, asimismo, cuando se pueda heredar una enfermedad grave de los padres, y sólo en condiciones hospitalarias o de maternidad.

2. Por la realización de abortos fuera de un hospital o en un hospital en condiciones que violen las disposiciones anteriores, el médico que realice el aborto será castigado penalmente con una pena de uno a dos años de prisión, mientras que por la realización de abortos en condiciones insalubres o por personas que no tengan una formación médica especial se fijará una pena penal no inferior a tres años de prisión.

3. Por obligar a una mujer a abortar, se fijará una pena penal de dos años de prisión.

4. En relación con las mujeres embarazadas que se sometan a un aborto en violación de dicha prohibición, establecer como sanción penal una amonestación social, y en caso de reincidencia en la violación de la ley sobre la prohibición de los abortos, una multa de hasta 300 rublos.

II. Sobre el aumento de la ayuda material del Estado a las mujeres que dan a luz y sobre el establecimiento de la ayuda estatal a las familias numerosas

5. Con el fin de mejorar la situación material de las madres, tanto de las trabajadoras como de las empleadas aseguradas en los órganos de la seguridad social, aumentar de 32 a 45 rublos el subsidio concedido por los fondos de la seguridad social del Estado para la adquisición de los artículos necesarios para el cuidado del niño.

6. 6. Aumentar el subsidio concedido a la madre para amamantar al niño de 5 a 10 rublos al mes.

7. 7. En relación con las mujeres trabajadoras no aseguradas, miembros de cooperativas y empresas, establecer que las cajas de ayuda mutua de las cooperativas concedan dichos subsidios sobre la misma base.

8. Suprimir la limitación fijada por el Código de Leyes Laborales para las mujeres empleadas (artículo 132), equiparándolas a las mujeres trabajadoras en cuanto a la duración del permiso concedido antes y después del parto (56 días antes y 56 días después del parto).

9. Establecer una sanción penal por la negativa a emplear a mujeres por razones de embarazo, por la reducción de sus salarios por el mismo motivo, previendo en la ley la obligación de preservar para la mujer embarazada, mientras se la transfiere a un trabajo más liviano, su antiguo salario en base a sus ganancias de los últimos seis meses de trabajo.

10. Establecer un subsidio estatal para las madres de familias numerosas: para las que tengan seis hijos, un subsidio anual de 2.000 rublos durante cinco años por cada hijo posterior a partir del día de su nacimiento, y para las madres que tengan diez hijos un subsidio estatal de 5.000 rublos por el nacimiento de cada hijo posterior y un subsidio anual de 3.000 rublos durante un período de cuatro años a partir del primer cumpleaños del niño. Extender este artículo de la ley también a aquellas familias que en el momento de la publicación de la ley tengan el número de hijos requerido.

III. Sobre la ampliación de la red de hogares de maternidad
Instruir a las Comisarías Populares de Salud de las Repúblicas constituyentes:

11. Con el fin de proporcionar asistencia médica en las casas de maternidad especiales para todas las mujeres en el parto en las ciudades, centros industriales y de distrito, para establecer y abrir antes del 1 de enero de 1939, 11.000 nuevas camas de maternidad de los cuales, además de las 4.200 camas previstas por el plan de 1936, hay que establecer

en 1936: 2.000 camas

en 1937 4.000 camas

en 1938 5.000 camas

12. Con el fin de ampliar el servicio médico a las mujeres que dan a luz en las localidades rurales, proporcionar y poner en uso 32.000 camas de maternidad, de las cuales 16.000 camas en las salas de maternidad de los hospitales de las aldeas serán a cargo del presupuesto del Estado y 16.000 camas mediante la organización de las maternidades de las granjas colectivas, el 75% del costo de su organización a cargo de las granjas colectivas y el 25% a cargo del presupuesto del Estado.

Estos deben incluir:

En 1936: además de las 4.300 camas de maternidad en los hospitales de las aldeas y las 5.000 camas en las maternidades de las granjas colectivas previstas en el plan de 1936: 4.000 camas en los hospitales y 4.000 camas en las maternidades colectivas.

En 1937: 6.000 camas en los hospitales y 6.000 camas en las maternidades colectivas.

En 1938: 6.000 camas en hospitales y 6.000 camas en maternidades de granjas colectivas.

13. Con el fin de proporcionar a las mujeres en el parto que no son atendidas por los hospitales de reposo con la asistencia obstétrica en sus hogares, para abrir el 1 de enero de 1939, 14.400 nuevas estaciones obstétricas de los cuales 2.700 estaciones se abrirán en los pueblos y 1, 370 obstetras destinados a las nuevas maternidades de las granjas colectivas en 1936, 5.000 puestos en los pueblos y 2.000 obstetras en las nuevas maternidades de las granjas colectivas en 1937, 6.700 puestos en los pueblos y 2.000 obstetras en las nuevas maternidades de las granjas colectivas en 1938.

IV. Sobre la extensión de la red de guarderías.

14. Duplicar, para el 1 de enero de 1939, la red existente de guarderías para niños en las ciudades, las granjas del Estado, los asentamientos de trabajadores y en los ferrocarriles, aumentando su número total”‘ a 800.000 camas, poniendo en servicio En 1936, además de las 34.000 camas previstas en el plan de 1936: .100.000 nuevas camas

En 1937 150.000 nuevas camas

En 1938 150.000 nuevas camas

Total: 400.000 nuevas camas

15. Duplicar, antes del 1 de enero de 1939, la red existente de camas en los viveros permanentes y estacionales de las granjas colectivas de las localidades rurales, aumentando en 500.000 el número de camas en los viveros permanentes y en 4.000.000 de camas en los viveros estacionales:

En 1936, además de las 70.000 camas en los viveros colectivos permanentes previstos en el plan de 1936

En los viveros de temporada, además del millón de camas, según el plan de 1936 100.000 camas

En 1937 en los viveros permanentes de las granjas colectivas en los viveros de temporada 500.000 camas

En 1938 en los viveros permanentes de las granjas colectivas en los viveros de temporada: 200.000 camas

Las Comisarías Populares de Sanidad de las Repúblicas de la Unión y los Comités Ejecutivos de los Territorios, Provincias y Distritos deberán supervisar el desarrollo de la red de viveros mencionada.

16. En las ciudades y en los centros industriales, a partir del 1 de enero de 1937, el trabajo en las guarderías infantiles se realizará en dos turnos, con una duración de dieciséis horas diarias, incluidos los días de descanso.

17. Encargar a las Comisarías Populares de Sanidad de las Repúblicas de la Unión que aseguren el personal adecuado para las instituciones recién inauguradas, asignando 15.000.000 de rublos, además de los créditos destinados a la formación del personal médico intermedio.

18. 18. Encargar a las Comisarías del Pueblo para la Salud de las Repúblicas de la Unión que construyan durante tres años para completar antes del 1 de enero de 1939, 8oo nuevas cocinas lecheras “en las ciudades, centros industriales y distritos para la alimentación de 1.500.000 niños menores de tres años y que abran

1936 – 30 cocinas de la primera categoría (con un coste estimado de 83.000 rublos cada una).

100 cocinas de la segunda categoría (con un coste estimado de 65.000 rublos cada una).

1937 – 70 cocinas de primera categoría.

200 cocinas de la segunda categoría.

1938 – 100 cocinas de la primera categoría.

300 cocinas de la segunda categoría.

V. Sobre la ampliación de la red de jardines de infancia

19. Triplicar la red en funcionamiento de jardines de infancia permanentes en las ciudades, asentamientos de fábricas y en los ferrocarriles en un plazo de tres años, elevándola a 2.100.000 plazas para el 1 de enero de 1939 (frente a las 700.000 plazas de la red actual de jardines de infancia); y en las granjas, fábricas e instituciones estatales de las localidades de los pueblos, hasta 300.000 plazas, frente a las 130.000 plazas de la red actual, para lo cual deberán construirse y ponerse en funcionamiento las siguientes:

En 1936: En las ciudades, en los asentamientos de las fábricas y en los ferrocarriles, además de las 250.000 plazas previstas según el programa de 1936, 150.000 plazas en las granjas estatales y en las empresas e instituciones de las localidades de las aldeas, el plan para el aumento de los jardines de infancia en 1936 se dejará en las antiguas 60.000

En 1937: En las ciudades, asentamientos de fábricas y en los ferrocarriles, 300.000 plazas en granjas estatales y en empresas e instituciones en localidades rurales 60.000

En 1938: En las ciudades, asentamientos de fábricas y en los ferrocarriles 700.000 en las granjas del Estado y en las empresas e instituciones de las localidades de los pueblos 50.000

20. Abrir jardines de infancia permanentes, con 700.000 plazas en las granjas colectivas, además de la red existente de 400.000 plazas para el 1 de enero de 1939, como sigue:

En 1936, además de las 150.000 previstas para 1936, 50.000 plazas. Total: 200.000 plazas

En 1937 240.000

En 1938 260.000

Para la misma fecha, dotar a todos los niños de las granjas colectivas de patios de recreo estacionales para niños en edad preescolar, para lo cual se deberá prever lo siguiente

En 1936 (según el plan de 1936) 4.500.000 plazas

En 1937 7.800.000

En 1938 10.700.000

La supervisión del desarrollo de la red de jardines de infancia y parques infantiles de temporada para niños en edad preescolar en las localidades de las aldeas se entregará a las Comisarías Populares de Educación de las Repúblicas de la Unión y a los Comités Ejecutivos de Territorio, Provincia y Distrito.

21. 22. Obligar a las Comisarías del Pueblo para la Educación de las Repúblicas de la Unión a formar, hasta el segundo semestre de 1936, 50.000 maestros para los jardines de infancia que se abran, destinando para ello 35.000.000 de rublos, además de las subvenciones de 1936 para la formación de cuadros para los nuevos jardines de infancia, según los presupuestos de las Comisarías del Pueblo para la Educación de las Repúblicas de la Unión.

VI. Sobre la modificación del sistema de supervisión de los jardines de infancia

22. Modificar la decisión del Consejo de Comisarios del Pueblo de la URSS del 6 de julio de 1935 (Código de Leyes, núm. 35, Estatuto 309), sobre la concentración de la dirección y gestión de todos los jardines de infancia bajo los sistemas de las Comisarías Populares de Educación de las Repúblicas de la Unión, entregando a la jurisdicción de las Comisarías Populares económicas, instituciones y empresas los jardines de infancia que tienen hijos de trabajadores y empleados en estas instituciones y empresas, y dejando bajo la jurisdicción de las Comisarías Populares de Educación sólo los jardines de infancia que sirven a pequeñas instituciones y empresas que no tienen sus propios jardines de infancia. Poner la dirección directa de los jardines de infancia bajo la administración de la empresa o institución en la que se organiza el jardín de infancia, con la participación de los comités sindicales de fábrica y de planta y de las organizaciones de las Juventudes Comunistas de dichas plantas e instituciones. Reservar a las Comisarías Populares de Educación de las Repúblicas de la Unión la dirección pedagógica general y el control de la correcta estructuración de la red de los jardines de infancia y de la formación de los cuadros pedagógicos.

El Consejo de Comisarios del Pueblo de la URSS debe determinar el método de transferencia y financiación de los jardines de infancia, así como el método de construcción y financiación de nuevos jardines de infancia en relación con el nuevo sistema de supervisión y gestión de los jardines de infancia.

VII. Sobre la financiación de las medidas anteriores

23. De acuerdo con esta decisión, asignar, además de la suma asignada para 1936 en los presupuestos estatales y locales y en el presupuesto de la seguridad social, 1.481.300.000 rublos para las maternidades, las estaciones de partería, las guarderías, las lecherías y los jardines de infancia, y 692.800.000 rublos adicionales para 1936 para la construcción y el desarrollo de la red de estas instituciones, aumentando la cantidad general asignada en 1936 a 2.174.100.000 rublos frente a 875.000.000 de rublos en 1935

De los mencionados 692.800.000 rublos, para utilizarlos en la construcción de

(a) Camas de maternidad en las ciudades 22.200.000 rublos

(b) Camas de maternidad en los pueblos 23.800.000 rublos

(c) Guarderías infantiles en las ciudades 320.000.000 de rublos

(d) Jardines de infancia en las ciudades 221.000.000 de rublos

(e) Cocinas lácteas 9.000.000 de rublos

Total para la construcción 596.000.000 (después de permitir una disminución del 11% en los costes de construcción).

En cuanto a los gastos de explotación:

(a) Para el mantenimiento de las camas de maternidad y los puestos de partería recién inaugurados 5.000.000 de rublos

(b) Para el mantenimiento hasta finales de 1936 de las guarderías infantiles de nueva construcción 11.800.000 rublos

(c) Para la ampliación y mejora de la red de jardines de infancia en funcionamiento mediante la utilización y transformación en jardines de infancia de nuevos emplazamientos, pórticos y otros tipos de edificios ligeros en los jardines de infancia existentes, y pequeñas reparaciones en los edificios ocupados 30.000.000 de rublos

Total 46.800.000 rublos

En la formación de cuadros:

(a) Para la formación de matronas y enfermeras del Comisariado del Pueblo de la Salud: 15.000.000 de rublos

(b) Para la formación de maestros de los jardines de infancia de la Comisaría del Pueblo para la Educación 17.000.000 de rublos

(c) Para la preparación de maestros para los jardines de infancia de las aldeas del Comisariado del Pueblo para la Educación 18.000.000 de rublos

Total: 50.000.000 de rublos

24. 24. Asignar 70.500.000 rublos para aumentar la ayuda a la maternidad de acuerdo con los párrafos. 5, 6 y 8 de esta decisión.

25. Que el Consejo de Comisarios del Pueblo de la URSS garantice los materiales necesarios para la construcción proyectada, a fin de que los Comisarios del Pueblo puedan iniciar la construcción antes del 1 de julio de este año.

26. 26. Modificar, con el fin de establecer un sistema fijo y uniforme de financiación de los jardines de infancia y guarderías infantiles, la decisión del Consejo de Comisarios del Pueblo de la URSS del 6 de julio de 1935 (Código de Leyes, 1935, núm. 35, art. 310) “Sobre las cuotas obligatorias de las empresas e instituciones para el mantenimiento de guarderías y jardines de infancia”, a una cuarta parte del 1 por ciento del fondo salarial, fijar asignaciones directas de 300.000.000 de rublos para 1936 para este fin con cargo al presupuesto del Estado, y realizar los cambios correspondientes en los planes de financiación de los órganos e instituciones económicas, así como en las partidas de ingresos y gastos del presupuesto de la seguridad social del Estado.

VIII. Sobre el endurecimiento de las penas por el impago de la pensión alimenticia y las modificaciones de la legislación sobre el divorcio

27. Enmendar las leyes existentes sobre el matrimonio, la familia y la tutela, con el fin de combatir las actitudes ligeras hacia la familia y las obligaciones familiares, e introducir en los procedimientos de divorcio la asistencia personal a la ZAGS (Oficina del Registro Civil) de ambos divorciados y la anotación del hecho del divorcio en los pasaportes de los divorciados.

28. Aumentar las tasas de registro del divorcio de la siguiente manera 50 rublos para el primer divorcio, 150 rublos para el segundo y 300 rublos para el tercer divorcio y los siguientes.

29. Asignar en las sentencias judiciales sobre la pensión alimenticia un cuarto del salario del demandado para el mantenimiento de un hijo; un tercio para el mantenimiento de dos hijos; y el 50% del salario del demandado para el mantenimiento de tres o más hijos.

30. Los pagos a las mujeres de explotaciones colectivas se harán en días-día sobre la misma base.

Si la madre que recibe la pensión alimenticia es una mujer de granja colectiva y trabaja con el demandado en la misma granja colectiva, la dirección de la granja colectiva, al calcular los días-día, ingresará directamente la parte correspondiente de los días-día ganados por el padre (si hay hijos) en la cuenta de la madre. Si la madre trabaja en otra explotación colectiva, esta anotación a favor de la madre de la parte correspondiente de los días-día ganados por el padre se deducirá en nombre de la madre en la contabilidad final de los días-día, por la dirección de la explotación colectiva donde trabaja el padre.

31. Elevar a dos años de prisión la pena por el impago de las cantidades concedidas por un tribunal para la manutención de los hijos, la búsqueda de las personas que se niegan a pagar la pensión alimenticia se hará a su costa.

M. Kalinin
Presidente del Comité Ejecutivo Central de la URSS

V. Molotov
Presidente del Consejo de Comisarios del Pueblo de la URSS

I. Unshlikht,
Secretario interino del Comité Ejecutivo Central de la URSS

27 de junio de 1936
Kremlin, Moscú


Traducción realizada con la versión gratuita del traductor www.DeepL.com/Translator

Fuente: J. Meisel y E. S. Kozera, eds., Materials for the Study of the Soviet System. Ann Arbor: G. Wahr Pub. Co., 1953.

Decree on the Prohibition of Abortions. June 27, 1936

https://revolutionarydemocracy.org/archive/abort.htm


Decree on the Prohibition of Abortions. June 27, 1936 

 
Original Source: Izvestiia, June 28, 1936, U.S.S.R. Laws 1936, text 309.
Decree on the Prohibition of Abortions, the Improvement of Material Aid to Women in Childbirth, the Establishment of State Assistance to Parents of Large Families, and the Extension of the Network of Lying-in Homes, Nursery schools and Kindergartens, the Tightening-up of Criminal Punishment for the Non-payment of Alimony, and on Certain Modifications in Divorce Legislation
The October Socialist revolution, which laid the foundation for the abolition of all class exploitation and of the classes themselves, at the same time laid the foundation for the complete and final emancipation of women.
In no country in the world does woman enjoy such complete equality in all branches of political, social and family life as in the USSR
In no country in the world does woman, as a mother and a citizen who bears the great and responsible duty of giving birth to and bringing up citizens, enjoy the same respect and protection from the law as in the USSR
However, the economic breakdown of the country which took place during the first years after the civil war and the armed intervention, and the inadequate cultural level of the women inherited from the pre-revolutionary epoch did not enable them at once to make full use of the rights accorded them by the law and to perform, without fear of the future, their duties as citizens and mothers responsible for the birth and early education of their children. In this connection the Soviet Government permitted on November 18, 1920, the practice of abortion (artificial interruption of pregnancy) for women so long, as the People’s Commissariat of Health and the People’s Commissariat of Justice wrote, as ” the moral heritage of the past and the difficult economic conditions of the present still force a section of the women to submit to this operation ” (Collected Laws, 1920, No. 90, art. 471).
Back in 1913 Lenin wrote that class-conscious workers are: “unquestionable enemies of neo-Malthusianism, that tendency of the philistine couple, pigeon-brained and selfish, who murmur fearfully: “May God help us to keep our own bodies and souls together: as for children, it is best to be without them.”
But, while rebelling against abortions as a social evil, Lenin considered the mere legislative banning of abortions clearly inadequate to combat them. Moreover, he pointed out that under the conditions of capitalism these laws only reflect the hypocrisy of the ruling classes,” as they “do not heal the sores of capitalism but make them particularly malignant, particularly painful to the oppressed masses ” (Collected Works, Vol. 16, pp. 498-9).
Only under conditions of socialism, where exploitation of man by man does not exist and where woman is an equal member of society, while the continual improvement of the material well-being of the toilers constitutes a law of social development, is it possible seriously to organize the struggle against abortions by prohibitive laws as well as by other means.
The abolition of capitalist exploitation in the USSR, the growth of material well-being and the gigantic growth of the political and cultural level of the toilers make it possible to raise question of a revision of the decision of the People’s Commissariats of Health and Justice of November 18, 1920.
Necessary material provision for women and their children, State aid to large families, the utmost development of the network of maternity homes, nurseries, kindergartens, legislative establishment of minimum sums which the father of a child must pay for its upkeep when husband and wife live apart, on the one hand, and prohibition of abortions on the other, coupled with an increase in the penalty for willful non-payment of the means for the maintenance of the children awarded by a court, and the introduction of certain changes in the legislation on divorce for the purpose of combating a light-minded attitude towards the family and family obligations-such are the roads which must be followed in order to solve this important problem affecting the entire population. In this respect, the Soviet Government responds to numerous statements made by toiling women.
In connection with the above, and taking into consideration certain comments made by citizens during the discussion of the draft, the CEC. and the Council of People’s Commissars of the USSR DECIDE:

I. On Prohibition of Abortions

1. In view of the proven harm of abortions, to forbid the performance of abortions whether in hospitals and special health institutions, or in the homes of doctors and the private homes of pregnant women. The performance of abortions shall be allowed exclusively in those cases when the continuation of pregnancy endangers life or threatens serious injury to the health of the pregnant woman and likewise when a serious disease of the parents may be inherited, and only under hospital or maternity-home conditions.
2. For the performance of abortions outside a hospital or in a hospital under conditions violating the above provisions, the doctor performing the abortion shall be criminally punishable to the extent of one to two years’ imprisonment, while for the performance of abortions under unsanitary conditions or by persons who have no special medical training a criminal penalty of not less than three years’ imprisonment shall be fixed.
3. For compelling a woman to undergo an abortion, criminal penalty of two years’ imprisonment shall be fixed.
4. In relation to pregnant women undergoing an abortion in violation of the said prohibition, to establish as a criminal penalty a social reprimand, and in the event of a repetition the violation of the law on the prohibition of abortions, a fine up to 300 rubles.

II. On Increasing Material Aid by the State to Women in Childbirth and on Establishing State Aid to Large Families

5. In order to improve the material position of mothers, both working women and employees insured in the organs of social insurance, to increase the allowance issued from the State social insurance funds for the purpose of procuring the necessary articles for infant care, from 32 rubles to 45 rubles.
6. To increase the allowance issued to the mother for nursing the infant, from 5 to 10 rubles a month.
7. In relation to uninsured women toilers, members of, cooperative artels and enterprises-to establish that the said allowances be issued by the cooperative mutual aid funds on the same basis.
8. To abolish the limitation fixed by the Code of Labor Laws for women employees (article 132), making them equal to working women in regard to the length of the leave accorded before and after childbirth (56 days before and 56 days after childbirth).
9. To establish a criminal penalty for refusal to employ women for reasons of pregnancy, for reducing their wages on the same grounds, providing in the law the obligation of preserving for the pregnant woman, while transferring her to lighter work, her former wages based on her earnings for the last six months’ work.
10. To establish a State allowance for mothers of large families: for those having six children, an annual allowance of 2,000 rubles for five years for each subsequent child from the day of its birth, and for mothers having ten children one State allowance of 5,000 rubles on the birth of each subsequent child and an annual allowance of 3,000 rubles for a period of four years following the child’s first birthday. To extend this article of the law also to those families who at the time of the publication of the law have the requisite number of children.

III. On Extension of the Network of Maternity Homes

To instruct the People’s Commissariats of Health of the constituent Republics:
11. In order to provide medical assistance in special maternity homes for all women in childbirth in cities, industrial and district centers, to establish and open by January 1, 1939, 11,000 new maternity beds of which, in addition to the 4,200 beds provided by the 1936 plan, there are to be established
in 1936: 2,000 beds
in 1937: 4,000 beds
in 1938: 5,000 beds
12. In order to extend medical service to women in childbirth in rural localities, to provide, and put into use 32,000 maternity beds, of which 16,000 beds in the maternity wards of village hospitals shall be at the expense of the State budget and 16,000 beds by organizing collective farm maternity homes, 75 per cent of the cost of their organization to be charged to the collective farms and 25 per cent to the State budget.
These are to include:
In 1936: in addition to the 4,300 maternity beds in village hospitals and the 5,000 beds in collective farm maternity homes scheduled by the 1936 plan: 4,000 beds in hospitals and 4,000 beds in collective farm maternity homes.
In 1937: 6,000 beds in hospitals and 6,000 beds in collective farm maternity homes.
In 1938: 6,000 beds in hospitals and 6,000 beds in collective farm maternity homes.
13. In order to provide women in childbirth who are not served by lying-in hospitals with obstetrical assistance in their homes, to open by January 1, 1939, 14,400 new obstetrical stations of which 2,700 stations are to be opened in the villages and 1,370 obstetricians appointed to the new collective farm maternity homes in 1936, 5,000 stations in the villages and 2,000 obstetricians at the new collective farm maternity homes in 1937, 6,700 stations in the villages and 2,000 obstetricians at the new collective farm maternity homes in 1938.

IV. On the Extension of the Network of Nurseries.

14. To double by January 1, 1939, the existing network nursery beds for children in the cities, State farms, workers’ settlements and on the railroads, increasing their total number”‘ to 800,000 beds by putting into service In 1936, in addition to the 34,000 beds provided by the1936 plan: .100,000 new beds
In 1937: 150,000 new beds
In 1938: 150,000 new beds
Total: 400,000 new beds
15. To double by January 1, 1939, the existing network of nursery beds both in permanent and seasonal collective farm nurseries in rural localities, increasing the number of beds in permanent nurseries by 500,000 and in seasonal nurseries by 4,000,000 beds, including:
In 1936, in addition to the 70,000 beds in permanent collective farm nurseries scheduled by the 1936 plan
In seasonal nurseries in addition to the one million beds, according to the 1936 plan: 100,000 beds
In 1937 in permanent collective farm nurseries in seasonal nurseries: 500,000 beds
In 1938 in permanent collective farm nurseries in seasonal nurseries: 200,000 beds
The People’s Commissariats of Health of the Union Republics and the Territory, Province and District Executive Committees are to supervise the development of the above network of nurseries.
16. In cities and in industrial centers, beginning on January 1, 1937, work in nursery schools is to be in two shifts, to last sixteen hours a day, including the rest days.
17. To instruct the People’s Commissariats of Health of the Union Republics to secure the appropriate personnel for the newly opened institutions by allotting 15,000,000 rubles in addition to the appropriations made for the training of the intermediate medical personnel.
18. To instruct the People’s Commissariats of Health of the Union Republics to build during three years so as to complete by January 1, 1939, an additional 8oo new dairy kitchens ‘in the cities, industrial and district centers for the feeding of 1,500,000 children under three years of age and to open:
1936- 30 kitchens of the first category (at an estimated cost of 83,000 rubles each).
100 kitchens of the second category (at an estimated cost of 65,000 rubles each).
1937- 70 kitchens of the first category.
200 kitchens of the second category.
1938-100 kitchens of the first category.
300 kitchens of the second category.

V. On Enlarging the Network of Kindergartens

19. To triple the functioning network of permanent kindergartens in cities, factory settlements, and on railroads within three years, bringing it up to 2,100,000 places by January 1, 1939 (as against 700,000 places in the present network of kindergartens); and at State farms, plants and institutions in village localities, up to 300,000 places, as against 130,000 places of the present network, for which purpose the following must be built and put into operation:
In 1936: In cities, factory settlements, and on railroads, in addition to 250,000 places planned according to the 1936 program 150,000 places at State farms and at enterprises and institutions in village localities, the plan for the increase of kindergartens in 1936 is to be left at the former 60,000
In 1937: In cities, factory settlements, and on railroads 300,000 at State farms and at enterprises and institutions in village localities 60,000
In 1938: In cities, factory settlements, and on railroads 700,000 at State farms and at enterprises and institutions in village localities 50,000
20. To open permanent kindergartens, with 700,000 places at collective farms, in addition to the existing network of 400,000 places by January 1, 1939, as follows:
In 1936, supplementary to the planned 150,000 for 1936, 50,000 places. Total: 200,000 places
In 1937 240,000
In 1938 260,000
By the same date to provide all children on collective farms with seasonal playgrounds for children of pre-school age, for which purpose the following must be provided:
In 1936 (according to the 1936 plan) 4,500,000 places
In 1937 7,800,000
In 1938 10,700,000
Supervision of the development of the network of kindergartens and seasonal playgrounds for children of pre-school age in village localities is to be turned over to the People’s Commissariats of Education of the Union Republics and to the Territory, Province and District Executive Committees.
21. To oblige the People’s Commissariats of Education the Union republics to train, by the second half of 1936, 50,000 teachers for the kindergartens which are to be opened, setting apart 35,000,000 rubles for this purpose in addition to the 1936 grants for the training of cadres for new kindergartens, according to the budgets of the People’s Commissariats of Education of the Union Republics.

VI. On Changing the System of Supervision of Kindergartens

22. To amend the decision of the Council of People’s Commissars of the USSR of July 6, 1935 (Code of Laws, No. 35, Statute 309), on concentrating the leadership and management of all kindergartens under the systems of the People’s Commissariats of Education of the Union Republics, turning over to the jurisdiction of the economic People’s Commissariats, institutions, and enterprises those kindergartens which have children of workers and employees in these institutions and enterprises, and leaving under the jurisdiction of the People’s Commissariats of Education only those kindergartens which serve small institutions and enterprises that have not their own kindergartens. To place direct leadership of the kindergartens under the administration of the enterprise or institution where the kindergarten is organized, with the participation of the factory and plant Trade Union committees and Young Communist League organizations of such plants and institutions. To reserve for the People’s Commissariats of Education of the Union Republics general pedagogical leadership and control of the correct structure of the network of the kindergartens and the training of pedagogical cadres.
The Council of People’s Commissars of the USSR is to determine the method of transferring and financing the kindergartens, and also the method of construction and financing new kindergartens in connection with the newly established system of supervision and management of kindergartens.

VII. On Financing the Above Measures

23. In accordance with this decision, to assign, over and above the sum allocated for 1936 in the State and local budgets and the social insurance budget, 1,481,300,000 rubles for maternity homes, midwifery stations, nurseries, dairies and kindergartens, additional for 1936, 692,800,000 rubles for the construction and development of the network of these institutions, increasing the general amount assigned in 1936 to 2,174,100,000 rubles as against 875,000,000 rubles in 1935
From the above-mentioned 692,800,000 rubles, to use for the construction of:
(a) Maternity beds in cities 22,200,000 rubles
(b) Maternity beds in villages 23,800,000 rubles
(c) Children’s nurseries in cities. 320,000,000 rubles
(d) Kindergartens in cities 221,000,000 rubles
(e) Dairy kitchens 9,000,000 rubles
Total for construction 596,000,000 (after allowing for an 11 per cent decrease in construction costs).
On operating expenses:
(a) For maintenance of the newly opened maternity beds and midwifery stations 5,000,000 rubles
(b) For maintenance until the end of 1936 of newly built children’s nurseries 11,800,000 rubles
(c) For the extension and improvement of the network of functioning kindergartens by utilizing and transforming into kindergartens new sites, porches and other light types of buildings in existing kindergartens, and small repairs to buildings taken over 30,000,000 rubles
Total 46,800,000 rubles
On training cadres:
(a) For training midwives and nurses of the People’s Commissariat of Health: 15,000,000 rubles
(b) For teachers for town kindergartens of the People’s Commissariat of Education: 17,000,000 rubles
(c) For preparation of teachers for village kindergartens of the People’s Commissariat of Education: 18,000,000 rubles
Total: 50,000,000 rubles
24. To assign 70,500,000 rubles for increased maternity aid in accordance with Pars. 5, 6, and 8 of this decision.
25. The Council of People’s Commissars of the USSR to guarantee the necessary materials for the projected construction in order that the People’s Commissariats can begin construction by July 1 of this year.
26. To amend, for the purpose of establishing a uniform fixed system of financing kindergartens and children’s nurseries, the decision of the Council of People’s Commissars of the USSR of July 6, 1935 (Code of Laws, 1935, No. 35, art. 310) “On obligatory dues of undertakings and institutions for the maintenance of children’s nurseries and kindergartens”, to one-quarter of 1 per cent of the wage fund, to fix direct allocations of 300,000,000 rubles for 1936 for this purpose from the State budget, and to make the corresponding changes in the finance plans of the economic organs and institutions, and also in the income and expenditure sides of the State social insurance budget.

VIII. On More Severe Penalties for the Non-Payment of Alimony and Alterations in the Legislation on Divorce

27. To amend the existing laws on marriage, family, and guardianship, with the aim of combating light-minded attitudes towards the family and family obligations, and to introduce in divorce proceedings the personal attendance at the ZAGS (Civil Registrar’s Bureau) of both divorcees and the entry of the fact of divorce on the passports of the divorcees.
28. To increase the fees for registration of divorce as follows: 50 rubles for the first divorce, 150 rubles for the second, and 300 rubles each for the third and subsequent divorces.
29. To allot in court judgments on alimony one-fourth of the wages of the defendant for the maintenance of one child; one-third for the maintenance of two children; and 50 per cent of the wages of the defendant for the maintenance of three or more children.
30. Payments to collective farm women to be made in days-days on the same basis.
If the mother receiving alimony is a collective farm woman and works with the defendant on the same collective farm, the management of the collective farm in calculating the days-days shall directly enter the corresponding share of the days-days earned by the father (if there are children) to the account of the mother. If the mother works on another collective farm, this entry in favor of the mother of the corresponding share of the days-days earned by the father shall be deducted on behalf of the mother in the final accounting of the days-days, by the management of the collective farm where the father works.
31. To raise to two years’ imprisonment the penalty for nonpayment of sums awarded by a court for the maintenance of children, the search for persons refusing to pay alimony to be made at their expense.
M. Kalinin,
Chairman of the Central Executive Committee of the USSR
V. Molotov,
Chairman of the Council of People’s Commissars of the USSR
I. Unshlikht,
Acting Secretary of the Central Executive Committee of the USSR
June 27, 1936
Kremlin, Moscow.
Source: J. Meisel and E. S. Kozera, eds., Materials for the Study of the Soviet System. Ann Arbor: G. Wahr Pub. Co., 1953.
 
 

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